26 de noviembre de 2024, 4:00 AM
26 de noviembre de 2024, 4:00 AM
Antonio, hace años que se dedica a la fabricación de indumentaria para el personal que realiza labores en los campos gasíferos y petroleros del país. La tela con la que da vida a los diseños que su esposa lleva adelante la importa de Brasil y en algunas oportunidades de China.
María Lucy, es una pequeña empresaria dedicada a la producción de productos para la limpieza del hogar y el aseo personal.
Los envases y algunos componentes químicos los debe importar desde Colombia, antes hacia importantes compras al mercado español, pero ante el incremento de los costos, optó por mirar Sudamérica.
En ambos casos el común denominador es la necesitad de contar con dólares para poder pagar las importaciones de los diferentes insumos que necesitan.
¿Pero cómo lo hacen? Antonio sostuvo que hace un año llegó a un acuerdo con el banco, donde tenía un Depósito a Plazo Fijo (DPF) en dólares, en donde se acordó el retiro de una parte de sus ahorros en dólares y otra en moneda nacional.
“Fue un trámite largo, en donde, por la actual falta de dólares, el banco me devolvió solo una parte en dólares y el resto en bolivianos con la cotización oficial. Claro que perdí dinero, esta bolivianización forzosa de mis ahorros me perjudicó. Pero tuve que aceptar y los dólares que recupere están a buen recaudo y me genera intereses que me permiten seguir importando los insumos que necesito”, detalló Antonio.
María Lucy, tuvo que conciliar y aceptar las condiciones de su banco, “era recuperar una parte o perder todos mis ahorros en dólares. Es cierto que en el sistema no hay dólares, pero si los bancos fueran más amigables con los depositantes, buscarían la manera de cumplir con sus obligaciones, pero no lo son, se apoyan en la letra fría de las normas y el que pierde es el importador o emprendedor que debe recurrir al exterior para comprar los materiales que usa en su negocio”, observó la empresaria.
La norma a la que se refiere María Lucy es el Código de Comercio, que según la Autoridad del Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), en su artículo 1383 “establece que el depósito a plazo fijo es restituible una vez transcurrido el plazo convenido, con la sola presentación del certificado de depósito; asimismo, en su artículo 795, dispone que las obligaciones contraídas en moneda extranjera, podrán ser devueltas en moneda extranjera o nacional”.
Si bien, esta la posibilidad de una conciliación con las EIF, el caso de Amelia Salórzano, gerente propietaria de Patra, muestra que algunas veces no se llega a tal instancia, sino todo lo contrario.
La empresaria lamentó que la falta de voluntad del Banco Mercantil Santa Cruz y de la ASFI están provocando el cierre de su empresa dejando a unas 20 trabajadoras de manera directa y unas 200 de manta indirecta, sin su fuente laboral.
Salórzano explicó que se cansó de pedir al Mercantil Santa Cruz y la ASFI que, ”se le ejecute el pago de un PDF en moneda extranjera para poder adquirir la materia prima con la que la empresa trabaja”.
La empresaria detalló que son los DPF en dólares lo que no pudo recuperar y por el contrario, asegura que fue obligada a firmar una conciliación en donde solo se entregaba el 20% de sus depósitos el dólares y el resto en moneda nacional.
Ante esta acusación, la entidad bancaria aludida asegura que este caso fue atendido oportunamente y cuantas veces fue requerido, brindando en todo momento alternativas de solución.
“Con base a la conciliación acordada de mutuo consentimiento entre nuestra institución y la Sra. Solórzano, en presencia de su asesor legal y la autoridad competente, aclaramos que el banco en todo momento cumplió en tiempo y forma el acta de conciliación suscrita entre ambas partes. Lamentablemente, ante el desconocimiento de los acuerdos arribados, por parte de la Sra. Solórzano, actualmente el caso ha sido puesto en conocimiento de la autoridad judicial para que el mismo sea resuelto conforme a derecho”, aclaró el Mercantil Santa Cruz.