Este martes, Julio L. T., de 20 años, fue ingresado a la cárcel de San Pedro, La Paz, luego de ser trasladado desde el municipio beniano de Rurrenabaque tras ser acusado de asesinar al indígena leco Francisco Marupa, de 67 años.
Fue un juez cautelar que ordenó que Julio permanezca detenido por cinco meses en San Pedro, debido a que fue declarado probable autor del asesinato de Francisco Marupa en una audiencia cautelar que se desarrolló en Beni.
“Personal policial ha trasladado a esta persona hasta el recinto penitenciario de San Pedro. El juez, dentro de la audiencia de medidas cautelares, ha determinado cinco meses de detención preventiva”, informó el comandante departamental de la Policía de La Paz, Gunther Agudo.
El líder y activista de la Central Indígena del Pueblo Leco de Apolo (Cpilap), de 67 años, fue asesinado de manera violenta en la comunidad Torewa, en el Madidi, al norte de La Paz.
Tras ser capturado, Julio L. T. supuestamente declaró a los policías que lo mandaron a matar a Francisco Marupa, quien era defensor del parque Madidi y protestaba por la minería ilegal en el río.
Sin embargo, las investigaciones de la Policía determinaron que el detenido ingresó a robar al inmueble de Francisco Marupa hace dos semanas y tuvieron un altercado por este hecho.
“Se han realizado diferentes actos investigativos, este hecho habría nacido por un percance que habría tenido el fallecido, inicialmente, hace dos semanas, donde el sindicato habría ingresado al domicilio (de Marupa) para robar algunas especies”, detalló Agudo.
Las primeras indagaciones refieren que la muerte de Marupa ocurrió el martes 11 de febrero, tras una pelea con su supuesto asesino, quien fue sorprendido robando en sus plantaciones de banano; sin embargo, el cuerpo sin vida del activista indígena fue encontrado recién el viernes 14 de febrero.
Para la senadora de Comunidad Ciudadana, Cecilia Requena, la nueva hipótesis que dio la policía sobre el móvil del asesinato del líder indígena “generó más dudas que certeza”, por lo que pide una investigación objetiva para esclarecer el crimen. Así lo hizo en declaraciones con medios paceños.
Requena también pidió respetar los derechos humanos de Julio L. T., el principal acusado de este asesinato, al señalar que es un indígena tsimané que no habla castellano y que no podrá defenderse si no le consiguen un traductor que lo ayude para comunicarse con su abogado.
Sobre este tema, la Coordinadora Nacional de Defensa de Territorios Indígenas Originarios Campesinos y Áreas Protegidas (Contiocap) emitió un comunicado en el que exige, entre varios puntos, la investigación exhaustiva de la muerte de Marupa.
Además en uno de los apartados, en relación con Julio, quien también es indígena y pertenece al pueblo tsimane, expresó lo siguiente:
«Luego, la supuesta confesión sobre asesinato que habría cometido el joven indígena Tsimane, quien apenas habla el idioma español/castellano, y talvez no comprenda la magnitud de lo que declaraba o de lo que se le acusa, además que no se conoce la presencia de su abogado defensor durante su declaración, por lo tanto tampoco hay garantías de que sus declaraciones se hayan desarrollado sin presión o coacción; esto sumado a que estas declaraciones no coinciden con las versiones presentadas en medios de comunicación y redes sociales, de uso de armas de fuego y corto punzantes, con la declaración de la supuesta arma tradicional (flecha tradicional) que según él habría usado, y tampoco coinciden con versiones de miembros de la comunidad Torewa Campesina, quienes el día sábado 15 de febrero, al ser también sindicados como supuestos sospechosos, han acudido a la policía para presentar información sobre hechos cronológicos de las actividades del presunto sospechoso, así como de otros miembros en la comunidad, y pedir que las autoridades esclarezcan e identifiquen a los verdaderos responsables, así como los móviles de posible robo, según versiones de los familiares, que habrían desencadenado este hecho violento. En este marco, exigimos se resguarde la legalidad y responsabilidad de la investigación y no se contamine el proceso, nuestra Constitución Política del Estado vigente, en el art. 120.II, garantiza que cada persona de ser necesario pueda ser asistida por traductor o intérprete y además la Sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional 0224/2012, establece que la declaración del imputado que contenga una confesión del delito obtenida sin presencia de su abogado defensor violenta sus derechos a la defensa técnica y a no declarar contra sí mismo».