El Tribunal Supremo Electoral (TSE) puso candados a tres actividades principales en el proceso electoral: la realización y emisión de encuestas, el desarrollo de campañas políticas y la difusión de propaganda de partidos y candidatos en los medios de comunicación. Las dos primeras -encuestas y campañas- podrán ejecutarse después del 19 de mayo, cuando termine la inscripción de los candidatos.
Mientras, la emisión de propaganda electoral en medios de comunicación registrados ante el TSE, tendrá un lapso de 30 días. El calendario electoral establece desde el viernes 18 de julio hasta el miércoles 13 de agosto, tres días antes del día de la votación, cuando regirá el silencio electoral.
En caso de que no se cumpla lo establecido, tanto los medios de comunicación, empresas especializadas, actores y organizaciones políticas serán pasibles a sanciones señaladas en la Ley 026 de Régimen Electoral.
“Las encuestas se realizarán en función a los candidatos que se hayan inscrito ante el Tribunal Supremo Electoral. Si en estas fechas, hasta el 19 de mayo, se realizan y se publican encuestas, son ilegales y pasibles a la sanción”, indicó a EL DEBER el vocal Tahuichi Tahuichi Quispe.
Los artículos 136 y 232 de la Ley 026 establecen sanciones a las empresas de encuestas especializadas, universidades, medios de comunicación, actores y organizaciones políticas que contravengan las normas electorales y el calendario.
La fiscalización y control que realiza el Órgano Electoral Plurinacional, que desde el 4 de abril ya tomó el mando del proceso eleccionario en Bolivia, alcanza a cuatro actores de la sociedad que serán monitoreados: los partidos políticos, los candidatos, empresas particulares y los medios de comunicación.
“Hemos escuchado que hay un bloque político que quiere presentar una encuesta, si lo hacen podrían ser pasibles a una sanción porque sería una encuesta fuera del plazo, sería una forma de hacer campaña o propaganda. Las encuestas de opinión en materia electoral pueden realizarse después del 20 de mayo”, subrayó Tahuichi.
Para tal efecto, el TSE recibirá el registro o inscripción de las entidades interesadas desde el 4 de abril hasta el 3 de mayo.
Se pueden registrar las empresas especializadas en estudios de opinión, los medios de comunicación, las universidades y toda organización de la sociedad civil interesada en hacer una encuesta, excepto los partidos y organizaciones políticas.
El tema de las encuestas electorales se da a propósito del Bloque de Unidad, liderado por los precandidatos Samuel Doria Medina, Jorge Quiroga y Amparo Ballivián, que desde diciembre de 2024 avisaron que elegirían a su candidato único mediante una encuesta, misma que empezó el 4 de abril. Otros actores que también anunciaron una encuesta para definir a un solo candidato fue el bloque de los aspirantes Manfred Reyes Villa y Chi Hyun Chung.
Las penalizaciones por difundir encuestas fuera de las fechas permitidas estarán a cargo de los jueces electorales que serán designados del 7 al 11 de abril, por los tribunales electorales departamentales. En caso de contravención, el TSE puede actuar de oficio o a denuncia de un tercero.
Rol de los medios
En todo proceso electoral, los medios de comunicación juegan un rol fundamental y esta no es la excepción, por lo cual el calendario electoral establece dos roles específicos, como son la difusión de propaganda electoral y la emisión de encuestas.
Todo medio de comunicación que quiera habilitarse para difundir propaganda electoral debe registrarse ante el TSE desde el 4 de abril hasta el 3 de julio.
Según el calendario electoral, la difusión de propaganda en medios de comunicación masivos será desde el 18 de julio hasta el 13 de agosto. El artículo 116, inciso b, de la Ley 026, establece que la propaganda electoral en medios se podrá realizar “desde treinta días antes del día de los comicios hasta setenta y dos horas antes de la jornada electoral”.
Es decir, desde que se lanzó el calendario electoral hasta el 18 de julio “no está permitido difundir propaganda electoral porque está fuera de los límites”.
En tanto, la campaña electoral física de los candidatos corre del 19 de mayo al 13 de agosto, 72 horas antes del día de la votación. En ese lapso, los candidatos podrán hacer campaña política con caminatas, concentraciones, proclamaciones y una suerte de actividades para promocionarse.
Por ejemplo, se podrá colocar gigantografías en lugares autorizados, algo que por el momento está prohibido. “Las vallas en este momento son ilegales”, dijo el vocal Tahucihi.
En el caso de la emisión de propaganda política en medios y realización de campaña física fuera de los plazos, el TSE se encarga de imponer las sanciones establecidas en la Ley 026.
No obstante, persiste la emisión de la propaganda electoral de algunos aspirantes o precandidatos, sobre todo en las redes sociales donde los políticos y organizaciones políticas tienen sus páginas oficiales. Asimismo, varias organizaciones políticas programaron para los siguientes días y semanas proclamaciones de sus precandidatos como es el caso del MAS, cuya dirigencia dijo que proclamarán a su binomio los primeros días de mayo.
Entre las 60 actividades del calendario electoral programadas antes del día de la elección, también destacan el registro o inscripción de las candidaturas, tanto a la Presidencia, Vicepresidencia y la Asamblea, que será del 14 al 19 de mayo ante el ente electoral nacional.
18 días después, es decir, el 6 de junio, el TSE publicará la lista de los candidatos habilitados. Del 7 de junio al 2 de agosto, se tiene prevista la presentación de las demandas de inhabilitación contra los candidatos de organizaciones políticas y alianzas.
El lunes 16 de junio, el TSE hará el sorteo público de ubicación de las franjas de los candidatos en la papeleta de sufragio.
Con relación a los notarios electorales, el 17 de julio el TSE contratará alrededor de 8.000. Al día siguiente se realizará el sorteo de jurados electorales en cada Tribunal Electoral Departamental.