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8 de agosto de 2024, 8:48 AM

8 de agosto de 2024, 8:48 AM

Dos de los tres temas que planteó el presidente Luis Arce para el referéndum están vinculados a una reforma de la Constitución Política del Estado (CPE), motivo por el cual el diputado Juan José Jáuregui presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) el mismo que fue admitido y que analiza el procedimiento legal para que el jefe de Estado convoque a esta consulta popular vía referéndum, sin la necesidad de acudir a la Asamblea Legislativa.

El presidente Arce, espera la respuesta del TCP para definir “un camino único”, informó el ministro de Justicia, Iván Lima. La autoridad agregó que “estamos en una etapa de litigio constitucional” que definirá el mejor camino.

Mientras tanto, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) espera tener una figura clara sobre qué tipo de referéndum busca hacer el jefe de Estado, la oposición calificó como “engañoso” el anuncio de Arce y puntualizó que para el tema de los escaños y la reelección se requiere la participación del Legislativo porque el propósito es modificar artículos de la CPE.

La idea de convocar a un referéndum para consultar a la población sobre la subvención del combustible, la modificación de escaños parlamentarios y la reelección presidencial, no es nueva, es de conocimiento del vicepresidente y del presidente de la Asamblea Legislativa, David Choquehuanca, y es una propuesta que fue madurando por lo menos desde el primer semestre de este 2024, ya que el ministro Lima informó que el primer paso en este diseño, fue consultar al TCP cuál es el mejor camino para llamar a este referéndum.

“El Auto Constitucional 326/2024 del 16 de julio de 2024, ha admitido la posibilidad de que se revise el procedimiento de referéndum en el país y está actualmente en manos del TCP”, dijo Lima a la prensa.

Si bien el parágrafo II del artículo 18 de la Ley 026 de Régimen Electoral, habilita al presidente Arce a convocar a un referéndum, el artículo 411 de la CPE señala que la reforma parcial de la Constitución podrá realizarse por iniciativa popular con la firma de al menos el 20% del electorado o, mediante la Asamblea Legislativa que debe aprobar con dos tercios una ley, para una reforma constitucional. No habilita al jefe de Estado a modificar la CPE convocando a referéndum mediante un decreto supremo.

“El auto constitucional 326 que ha abierto el debate constitucional no nos permite decir si (se convoca mediante) una ley, si es un decreto, o el camino que vamos a llevar. Estamos en un momento de análisis constitucional en el diálogo entre el Ejecutivo, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional”, afirmó el ministro Lima sacando de la mesa al Legislativo.

Tribunal Constitucional Plurinacional

Tribunal Constitucional Plurinacional

En referencia a la participación de la Asamblea Legislativa en este proceso, el titular de Justicia dijo que “si quiere participar está invitada”, pero conscientes de que en el Parlamento el Gobierno es minoría, éste ha diseñado una ruta para prescindir del Legislativo.

“Si la Asamblea (Legislativa) quiere participar está invitada, pero no nos va a volver a secuestrar, no vamos a tener una Asamblea que bloquee reformas estructurales al Estado, no lo vamos a permitir. Hemos diseñado un camino jurídico para que los bolivianos que quieran participar de esta consulta, lo hagan, si no quieren ser parte de la mesa, no los vamos a necesitar, por eso hemos llevado el tema al Tribunal Constitucional”, subrayó Lima.

El vicepresidente del TSE, Francisco Vargas, informó a EL DEBER que el ente electoral no tiene conocimiento formal de la iniciativa de Arce ni de los detalles, como por ejemplo, qué tipo de referéndum pretende realizar, si éste es consultivo o constitucional, y mucho menos conoce las preguntas. Eso sí, la autoridad electoral recalcó que la iniciativa tiene que seguir el procedimiento y el curso legal que establecen las normas electorales y constitucionales.

“Hay que conocer si es un referéndum consultivo o es un referéndum constitucional (…) primero hay que conocer quién es el promotor, si es una iniciativa promovida desde la Presidencia, o si es de la Asamblea Legislativa. Segundo hay que conocer el alcance de las preguntas para saber si es un referéndum consultivo o si es un referéndum que va a modificar la Constitución”, explicó Vargas.

Con todo, el referéndum pasa por al menos dos filtros: Si la iniciativa parte del jefe de Estado, debe enviar al TSE la solicitud de convocatoria con las preguntas, la entidad analizará las mismas en un plazo de 72 horas, para después enviarlo al TCP que tiene que hacer una revisión para determinar si la consulta respeta la Constitución y si cumple todos los requisitos: imparcialidad, precisión y claridad, en las preguntas.

La oposición en el Legislativo rechazó la intención de Arce de convocar a un referéndum, más sin la participación de la Asamblea Legislativa y calificó el mismo como “engañoso”, ya que cualquier recurso que provenga de los magistrados del TCP, no es válido, porque los mismos son “auto prorrogados”

Para CC, “el referéndum es engañoso, mezcla temas constitucionales con temas y procedimientos ordinarios”, dijo en un comunicado. Subrayó que la modificación de escaños parlamentarios como la modificación del artículo 168, sobre la reelección, deben ser aprobados mediante ley por dos tercios para luego ir a un referéndum constitucional.

El senador Henry Montero de Creemos, desechó el auto constitucional 326 del TCP porque fue admitido por los “auto prorrogados” para que Arce convoque a un referéndum constitucional por decreto. “Este auto constitucional no es legal y hay que romperlo porque no es legal ¿Quién va avalar las preguntas? Los auto prorrogados que hoy están blindados y son útiles a los intereses políticos partidarios” del gobierno del MAS, señaló Montero.



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