12 de septiembre de 2024, 15:08 PM
12 de septiembre de 2024, 15:08 PM
Este jueves, debido a las emergencias por los incendios, la diputada por Creemos, María René Álvarez, solicitó dispensación de trámite para incluir en el orden del día de la sesión de este 12 de septiembre algo que no se tenía contemplado, la abrogación de la Ley 741, de los PDM 20, que permite quemar 20 hectáreas por familia en cada comunidad.
Desde el año 2019 se pide la abrogación del paquete normativo que, según diversos actores, contribuye al descontrol de las quemas y a la pérdida de biodiversidad y daño ambiental.
En la última semana el tema fue retomado por activistas y legisladores; sin embargo, el pedido no encuentra eco. El miércoles, una protesta de ambientalistas fue reprimida por la Policía, a pesar de las cuatro millones de hectáreas devastadas por las llamas.
El análisis de esta abrogación no estaba incluido en la convocatoria del jueves 12 de septiembre, en la que figuraban, aparte de asuntos territoriales internos de Cochabamba, dos proyectos relacionados con la tenencia de la tierra.
En primer lugar estaba el proyecto de ley 157*/2023-2024, que autoriza al INRA la conversión de la pequeña propiedad agraria a mediana o empresarial.
En segundo lugar figuraba en agenda el proyecto de ley 450/2023-2024, que aprueba el contrato de préstamos 5865/OCBO, para el Programa Boliviano de Administración de Tierras para el Desarrollo Rural Sustentable, suscrito el 23 de mayo de 2024, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de hasta 40 millones de dólares.
La pasada semana, estos dos temas fueron abordados por el director nacional del INRA, Eulogio Núñez, durante el foro sobre la seguridad jurídica de la tierra, convocado por la diputada Álvarez.
En esa oportunidad, la asesora de la Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO), Angela Achaval, hizo algunos cuestionamiento al tema del crédito.
Dijo que la parte del contrato que no ha sido expuesta es la que indica que una parte del financiamiento está destinada a hacer verificaciones de cumplimiento de la Función Económica Social (FES).
«¿Cuál es el fin de una verificación? La reversión, y en ese sentido nos preocupa mucho porque también menciona que entre los componentes con los cuales van a hacer esas verificaciones de cumplimiento, están incorporando aspectos con los cuales no se ha saneado. Es decir, que se sanean bajo una normativa, pero ya las verificaciones de FES han insertado componentes medioambientales con los cuales estamos seguros que el sector productor pequeño, mediano, empresarial e incluso el comunario, que pese a que ellos no le van a hacer esas verificaciones, pero son componentes con los cuales ellos no están familiarizados», apuntó.
Achaval aseguró que tienen el compromiso de trabajar por el beneficio del medioambiente y la producción sustentable, pero consideran que es algo que todavía hay que trabajarlo antes de ya incorporarlo en las verificaciones de cumplimiento de la FES.
Asimismo, le recordó al titular del INRA que todas las tierras fiscales que se van recortando tienen como fin las dotaciones. «Y usted mismo nos ha informado en su remisión de cuenta que, de las pocas verificaciones hechas en cuanto al cumplimiento de la función social en comunidades dotadas, en la mayoría encuentran alquilantes, inquilinos, mejor dicho, encuentran personas que han comprado esas comunidades. Entonces creo que ese no debe ser el fin de la tenencia de la tierra. La tierra es para quien la trabaja, y no debe tener preferencia para el que la trafique», aludió.
Sobre ese punto, la diputada Álvarez aseguró que se llevó una la sorpresa porque se le había dicho que tanto la CAO como los otros sectores estaban totalmente de acuerdo con la viabilidad de la aprobación de este crédito.
Un experto en temas agrarios que prefirió resguardar su identidad, sobre el crédito dijo que dejaron las medianas y las grandes propiedades para lo último porque es un cálculo político. «Quieren hacer campaña diciendo que titularon solo pequeñas propiedades y comunidades para criticar a Evo, que además de pequeñas y comunidades también firmó títulos para medianas y empresas», dijo.
Agregó que Evo Morales tituló tierras con superficies mayores a 5 mil hectáreas que sí cumplen con la Función Económica y Social (FES). a diferencia de Luis Arce, «que no firma títulos de medianas y empresas porque calcula que puede inhabilitarlo con un juicio por firmar títulos de más de 5 mil hectáreas».
Para él, resulta que predios que cumplen la FES en más de 5 mil hectáreas suman un poco más de un millón de hectáreas a escala nacional, y cree que el Gobierno de Arce calcula la posibilidad de revertir esos predios y entregarlos a las comunidades, para seguir creciendo «geopolíticamente» en el Oriente boliviano.
«Para eso necesitan los 40 millones de dólares del BID. Si fuese para titular medianas y grandes no se necesita tanto porque el trabajo de campo ya está hecho. Solo falta que emitan las resoluciones y los títulos de medianos y grandes productores. Además, se quiere seguir manteniendo una estructura de funcionarios a nivel nacional en todos los departamentos, y ¿para qué eso? Si el saneamiento ya se acabó en gran parte del país», argumentó.
En la reunión del gabinete agropecuario, el director nacional del INRA dijo que es importante que la CAO y los otros sectores apoyen el crédito para el INRA, o los avasalladores se entrarían a tierras tituladas.
Estas afirmaciones, también dichas en el foro de la tierra, fueron cuestionadas por la diputada Álvarez, para quien sonaron a «amenaza.
Conversión de la propiedad
Aunque hay quienes celebran el proyecto de ley de conversión de la pequeña propiedad a mediana o empresarial, porque permitiría el acceso a créditos bancarios, otros tienen observaciones.
Luego de ver el proyecto de ley de conversión, Fernando Asturizaga, asesor de la CAO, dijo que como siempre, detrás de las aparentes buenas intenciones está la «trampa».
En primer lugar, apuntó que el trámite de conversión debe ser gratuito y el proyecto no lo dice, así que piensa que en la reglamentación le pueden poner un precio impagable, y que con eso lo inviabilizan.
En segundo lugar, considera que el trámite de conversión no debería tener más requisitos que la expresión de la voluntad de convertir su predio a mediano o empresa. «La demostración de los incrementos significativos de la producción como requisito es un factor subjetivo, y por ahí abusivo, ya que le pueden poner en el reglamento que si produce dos toneladas por hectárea en dos años, debe producir cuatro. Las inversiones o incrementos de producción deben valorarse luego de la conversión, no antes; de lo contrario, será otra forma de inviabilizar la conversión», dijo.
Como tercer apunto, acotó que mediante reglamento se pueden «inventar» más requisitos y que no habrá pequeño productor que pueda hacer la conversión.
«La conversión debería ser expedita y sin mayores requisitos que la expresión de la voluntad porque el que quiera ser mediano sabe que en el futuro pueden verificarle la FES y revertirle el predio sino la cumple, a diferencia de cuando es pequeño, donde el INRA no le va a tocar nunca el derecho de propiedad. Pero a la vez sabe que siendo mediano o empresario va a poder apalancar un crédito con un patrimonio real y no ficticio, y podrá transferir libremente su predio, si en algún momento decide abandonar la actividad agropecuaria», dijo.
Sobre el tema, la diputada de CC, María José Salazar, dijo que seguramente se dirá que este proyecto de ley facilitará el acceso a créditos bancarios a los pequeños productores, pero apuntó que no se puede pasar por encima de la CPE con un proyecto de ley. «Además, la población debe saber que hay sindicatos que no cumplen con la Función Social (FS) y que van a utilizar esta ley para legalizar sus asentamientos, y posteriormente fraccionar y negociar la tierra», dijo.
En la misma línea, el abogado agrario Sabino Martínez, explicó que para hacer una modificación de esta naturaleza se debe ir por la vía de la reforma constitucional, no así por la Asamblea Legislativa Plurinacional con un proyecto de ley.
Recordó que el artículo 394, numeral 2 de la Constitución Política del Estado, establece textualmente que la pequeña propiedad es indivisible, es inembargable, y que es patrimonio familiar.
«No se puede embargar y además está exenta del pago de impuestos. En este contexto, si hay el proyecto que se quiere convertir, digamos, la pequeña propiedad a mediana y empresarial, entonces ese aspecto se tendría que hacer mediante una reforma a la Constitución del artículo 394, numeral 2 de la Constitución.
La propiedad en nuestro país está clasificada, según el artículo 41 de la Ley 1715, en solar campesino, pequeña propiedad, mediana propiedad, empresa agropecuaria y las tierras comunitarias de origen. En este contexto, la pequeña propiedad está protegida», recalcó.